La Cámara de Diputados le otorgó media sanción por mayoría al proyecto de ley que modifica el Código Procesal Civil y Comercial para optimizar el funcionamiento del sistema judicial.
Se trata de una iniciativa presentada por el Gobierno de Claudio Poggi y propone el cambio en tres artículos que hacen a los tiempos del proceso judicial, sobre todo, en la última instancia. Tiene como objetivo reducir la mora judicial.
La médula del proyecto apunta a reducir los plazos para el dictado de resoluciones y sentencias a fin de que no se extiendan indefinidamente.
El diputado Cristian Gurruchaga (Acuerdo por el Interior Sanluiseño) fue el miembro informante. Dijo que la iniciativa se apoya en dos pilares fundamentales: el plazo razonable que “establece que toda persona debe ser escuchada con garantías en un tiempo razonable”; y la “celeridad procesal”.
“Consideramos que éste es un puntapié inicial sensato para hablar realmente de abreviación de plazos y comenzar con la ardua tarea de eliminar la mora”, sostuvo en su intervención.
¿En qué consiste? El primer cambio en la Ley N°VI-0150-2013 es en el inciso 3 del artículo 34. En concreto, fija una redacción mucho más estricta.
Las providencias simples deben ser resueltas en un plazo de tres días desde la presentación, las sentencias interlocutorias dentro de 20 o 30 días y las definitivas entre 60 y 90 días. En estos dos últimos casos dependerá si es dictado por jueces unipersonales o por un tribunal colegiado.
“La propuesta es automatizar el plazo. Que sea inmediato. Que cuando el expediente quede en situación para resolver comiencen a restar los días. Es fundamental el avance de la automatización para eliminar una de las fuentes de dilación, de discrecionalidad o inacción”, sostuvo Gurruchaga.
El segundo cambio es el inciso 4, artículo 36 sobre los deberes y facultades de los jueces, puntualmente atiende las medidas para el “mejor proveer”, una herramienta utilizada para solicitar una determinada prueba durante el proceso.
Los cambios permiten que sean dictadas sólo una vez por instancia, con un plazo de 15 días hábiles, prorrogables por una sola vez.
Si estas medidas se usan sin relación directa con el esclarecimiento de los hechos y generan “dilaciones injustificadas”, podrán constituir causal de remoción del magistrado interviniente, conforme lo establece la Ley del Jurado de Enjuiciamiento.
“En muchos casos esta medida se utiliza para ganar tiempo, es una dilación. Se ha podido determinar que es una práctica que ocurre. La modificación al Código va a generar una mejor utilización de este recurso”, señaló el legislador.
Por último, el cambio en el artículo 167 propone que, en el caso de que los jueces no puedan cumplir con los tiempos en el dictamen de la sentencia definitiva, deberá informarlo al Superior Tribunal de Justicia con 10 días de anticipación.
Si el máximo órgano de Justicia puntano accede se le otorgará 15 días más para resolver. Si el juez no cumple, perderá automáticamente la jurisdicción del caso y el expediente será reasignado.
“Detrás de un expediente hay una familia, un menor, un accidentado, un trabajador y tenemos que efectivizar la eliminación de la mora”, manifestó Gurruchaga y sumó que también beneficiará a los jóvenes abogados que inician sus carreras.
Una vez que obtenga la sanción definitiva y publicada en el Boletín Oficial, la ley se aplicará a todos los juicios que se inicien a partir de esa fecha. También podrá aplicarse a causas en trámite, siempre que no haya comenzado el cómputo de plazos con la normativa anterior.
En los fundamentos se argumenta que la garantía del plazo razonable es “esencial para asegurar la efectividad del derecho a la tutela judicial efectiva y para proteger a las personas de la incertidumbre y la prolongación indefinida de los procesos judiciales”.
Por otra parte, ubica que al Poder Judicial como “prestador de un servicio público debe garantizar el derecho de acceso a la Justicia a través de un proceso moderno en sintonía con las exigencias de una sociedad compleja”.
“La celeridad procesal es un principio y un derecho fundamental que busca evitar que los procesos judiciales se prolonguen indefinidamente, lo cual puede generar perjuicios para las partes involucradas. Este principio obliga al Estado a organizar y administrar la justicia de manera que los asuntos judiciales se resuelvan de forma oportuna y eficiente”, puntualiza.
El texto llegó al recinto con un despacho de mayoría y con un trabajo previo que incluyó el aporte de Colegios de Abogados de San Luis, Villa Mercedes, de la tercera Circunscripción y el Colegio Forense. También el de diferentes jueces que transmitieron sus posturas en la Comisión de Asuntos Constitucionales.
El debate siguió con la intervención de Carlos "Charly" Pererira que trazó un análisis político del proyecto, respaldó el recorte de la mora y sostuvo que es “cumplir con un contrato” entre el Gobierno, los legisladores que fueron votados y la sociedad.
“Ese acuerdo tiene un principio de ejecución que hoy es esta ley. Como todo contrato se devuelven muchas veces a través de acciones o prestaciones. Hoy empezamos con esto”, indicó.
También apuntó contra la oposición y la gestión de Alberto Rodríguez Saá que “designó a dedo” a unos 30 fiscales sin respetar el ordenamiento establecido para los nombramientos: “Ustedes (por el bloque Frente Unidad Justicialista) lo avalaron. Habían jefes de programas, ex ministros, todo el poder político a la merced de la Justicia”.
“Con ustedes no, durante 16 años de Rodriguez Saá no pudieron optimizar nada, ni mejorar un índice de la performance de la Justicia”, señaló y agregó que un informe de la Fundación de Investigación Social Argentino Latinoamericana (Fisal) de hace una década mostró que más del 70% de 800 encuestados estaba disconforme con el desempeño de los jueces.
“Dato alarmante, que muestra que la situación viene deteriorándose desde hace tiempo, y que tiene raíces claras en la politización y partidización del Poder Judicial promovida por el ex gobernador Alberto Rodríguez Saá”, cuestionó.
Sumó que los jueces ligados al poder político “no son parte de la solución”, criticó a los miembros del Superior Tribunal de Justicia y al presidente del Colegio de Magistrados Hugo Saá Petrino. En cambio, defendió a “los magistrados y funcionarios probos, formados y productivos, que hacen docencia, se capacitan y aportan a la Justicia”.
Desde el bloque opositor se expresó Gloria Petrino. Si bien inicialmente dijo que iban a votar a favor, trazó observaciones porque el proyecto “no atiende de forma íntegra” los cambios en la Justicia.
Tras la intervención de Pereira, la diputada retomó la palabra y anunció un cambio de postura por los “ataques a la institucionalidad”. Finalmente, votaron en contra.
La presidenta del bloque Ahora San Luis, Eugenia Gallardo aseguró que la intención es recortar los tiempos de una sentencia que podría “tardar años en darse”.
“Creo que tenemos que tener la capacidad de bajar el debate político. Considerar una reforma integral nos hubiera requerido mucho tiempo y análisis. Podemos dar respuestas de a poco a los justiciables”, dijo y le pidió a los albertistas que reviertan la postura, algo que no sucedió.
El cierre fue de Luciana Perano, presidenta de la comisión: “Las reuniones dieron sus frutos. Los jueces dijeron que hay una mora y es multicausal, con el tiempo podremos regular cosas y mejorar la mora”.
Finalmente, la votación culminó con 24 expresiones a favor y 13 en contra. Así, el próximo paso se verá en el Senado.