
Por Marina Rubio
Estuvo unos meses preso. Llegó a conocer lo que es estar en el Servicio Penitenciario de San Luis. Pero su día a día carcelario duró lo que un nuevo “amor” en la vida de la modelo Jesica Cirio. Estuvo detenido por cuatro delitos, todos cometidos de la noche a la mañana. En mayo del año pasado, sacó a la fuerza de una fiesta de cumpleaños a quien, por entonces, era su pareja. La llevó a su departamento y la golpeó de diferentes maneras. Fue, además, maratónico. Las averiguaciones de la fiscal instructora de Villa Mercedes Nayla Cabrera Muñoz habían determinado que la sometió medio día completo a torturas, porque la retuvo, le impidió irse, en simples palabras, la mantuvo cautiva. En el juicio que llevaron adelante esta semana y duró apenas un par de días el punto de la privación de la libertad no pudo ser comprobado.
La fiscal de instrucción había solicitado que en caso de ser declarado culpable por un tribunal fuera sentenciado a cuatro años y medio de cárcel. En efecto, el magistrado que lo juzgó en el debate oral lo halló culpable, pero no pasará ni un día más en el penal. Lo condenó a una pena que sabe más a libertad que a encierro. Le dictó tres años de prisión en suspenso, o sea, que el cumplimiento de la sentencia tras las rejas estará suspendido, porque así también lo solicitó el fiscal de juicio, Néstor Lucero. En consecuencia, Ojeda es un hombre libre y solo debe cumplir con algunas simples pautas de comportamiento para controlar su conducta cuasi asesina; tales como hacer terapia, concurrir a una capacitación sobre violencia de género y, claro está, mantenerse lejos de la mujer a la que la pegó hasta el cansancio.
El joven de 25 años llegó a juicio acusado de cuatro delitos, todos en “concurso real”, lo que significa que los realizó de forma separada y, por ende, las penas que le aplicarían por ellos también debían ser tratadas de manera independiente. Pesaban sobre él imputaciones por “lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar contexto de violencia de género”, “privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia”, “amenazas” y “daños”.
Durante los alegatos, Lucero reconoció que, en el transcurso de ese breve debate oral, no pudieron probar que Ojeda haya secuestrado a la mujer. Por eso la privación ilegítima de la libertad quedó fuera de la cadena de delitos, pero cargó las tintas en el resto, que sí fueron demostrados, señaló.
Recordó las circunstancias en que pudieron tomarle la denuncia a la víctima, con un rostro y cuerpo minado de traumatismos. El funcionario remarcó que estaba inmersa en un “contexto de violencia de género”, en el que Ojeda no escatimó nada y la sometió a violencia física, psicológica, sexual, económica y ambiental. El día de la última paliza, en particular, “se trató de una situación de absoluta violencia física”.
En sus argumentos, Lucero develó un dato que, hasta el momento no había trascendido, el antecedente de otro momento de violencia entre el acusado y la denunciante, en la provincia de Córdoba.
Todo comenzó por una miserable foto que la víctima le envió al ahora condenado la noche del 10 de mayo pasado. La joven estaba en un cumpleaños, en el barrio La Ribera. No había ido con quien, en ese momento, era su novio. En medio de la fiesta, grabó un video y se lo mandó a él. En la filmación, detrás de la muchacha, al fondo, había un hombre. Ojeda lo detectó de inmediato y eso lo sacó de quicio.
Ahí nomás fue hasta el domicilio donde era el cumpleaños, cruzó toda Villa Mercedes, tomó a la fuerza a la damnificada y se la llevó al departamento, que alquilaba en calle Suipacha. Ése solo fue el inicio de una seguidilla de palizas.
Lanzó a la mujer al piso, la arrojó con toda la fuerza de sus brazos contra la pared y, cuando cayó nuevamente al suelo, siguió pegándole. Le cubrió la boca en todo momento para evitar que ningún vecino del complejo de departamentos oyera sus gritos y la ayudara. En un momento, ella consiguió ponerse de pie, pero Ojeda la siguió detrás, volvió a tomarla y la estrelló contra el ropero otra vez. La amenazó y le tapó el rostro con una almohada, para darle a entender que también podría llegar al punto de asfixiarla y asesinarla.
En un diminuto instante de distracción del hombre, la víctima logró escapar. Pero fue peor, porque cuando estaba afuera él la alcanzó y la encerró en su casa. La retuvo allí hasta el día siguiente, amenazándola con quitarle la vida con un cuchillo, para que ni se le ocurriera irse otra vez. Luego de 12 horas, ella pudo convencerlo de que le permitiera ir hasta su domicilio bajo la promesa de que regresaría. Esa excusa fue su boleto de salida de ese infierno. Una vez en lo de su madre, decidió denunciar a Ojeda.
Pese a todo, el fiscal le pidió al juez Mauro D’Agata Henríquez que lo condenara a tres años de prisión en suspenso. También la imposición de una prohibición de acercamiento recíproca, es decir que ni el hombre pueda allegarse a su ex, ni ella a él, la realización de parte del acusado de un tratamiento psicológico y psiquiátrico y un curso sobre violencia de género en la Secretaría de la Mujer.
Los defensores del ahora condenado, Romina Ustares y Pascual Celdrán, este último autodenominado el mejor abogado penalista de la provincia, no anduvieron con medias tintas y requirieron la absolución de su cliente. Admitieron que las lesiones quedaron acreditadas, pero no que su asistido las haya provocado. También sostuvieron que no hubo un contexto de violencia de género en este caso.
Le pidieron al juez que, si la absolución no se daba, contemplara apenas una pena de un año y medio de prisión en suspenso, un término en el que la palabra “prisión” parece una mera fantasía, pues a la cárcel nadie va si es “en suspenso”.