
Hoy el Consejo de la Magistratura organiza concursos, arma un orden de mérito y eleva una terna al gobernador, que conserva la discrecionalidad de elegir a cualquiera de los tres postulantes. La novedad es que Poggi propone que esa terna sea vinculante: el Ejecutivo quedaría obligado a proponer al candidato mejor ubicado en el orden de mérito, y sólo podría apartarse de esa prioridad si lo hace por “motivos fundados y debidamente explícitos”. La consigna política que acompaña esta idea es simple de entender: que “ningún juez le deba favores a nadie” a la hora de dictar sentencia.
El argumento a favor es fuerte. Un sistema de concursos serios, con evaluación transparente de antecedentes y oposición, apunta a consolidar una Justicia profesionalizada, donde el mérito técnico pese más que la cercanía política. La experiencia nacional no es ajena: desde 1994 la Constitución exige que el presidente nombre jueces federales en base a una terna vinculante elaborada por el Consejo de la Magistratura, con acuerdo del Senado. Varios fallos y buena parte de la doctrina consideran este andamiaje –concurso público, terna vinculante, sesión pública– como una garantía estructural de independencia, no como un adorno declamativo.
Además, San Luis no estaría inventando la pólvora. Provincias como Chubut y Río Negro avanzaron incluso más lejos: allí el Consejo de la Magistratura no solo propone, sino que designa directamente a los magistrados inferiores, sin intervención del Ejecutivo. En el otro extremo, jurisdicciones como Córdoba o Mendoza conservan una terna no vinculante, en la que el gobernador puede optar por un segundo o tercer concursante, siempre que reúna los requisitos formales. La idea puntana se ubica en un punto intermedio: mejora el estándar actual, pero sin llegar al modelo de designación directa.
Sin embargo, no hay reformas perfectas, y la letra chica importa. El primer punto delicado es el famoso “motivo fundado”. Si la Constitución no fija parámetros estrictos y mecanismos de control de efectivos, esa válvula de escape puede vaciar de contenido la regla general. Bastaría una buena pluma para justificar la preferencia por otro integrante de la terna, siempre que se lo pinte como “más idóneo” por razones de especialidad, trayectoria o “perfil” institucional. Una vinculatoriedad sin control corre el riesgo de convertirse en una formalidad elegante.
El segundo problema está en el corazón del sistema: el propio Consejo de la Magistratura. Una cosa es quitarle discrecionalidad al Ejecutivo, y otra muy distinta es trasladar una cuota de poder sin discutir a fondo cómo se integra y cómo funciona el órgano que va a decidir quiénes ingresan a la carrera judicial. San Luis tiene un Consejo mixto, con representantes del Tribunal Superior, de la abogacía, de la Legislatura y también del Poder Ejecutivo. Si ese esquema no se revisa, la reforma puede terminar consolidando un equilibrio de fuerzas que ya hoy genera sospechas entre los propios operadores del sistema judicial.
El tercer elemento, menos visible pero igual de relevante, es el proceso. La Constitución no se cambia todos los días. Supone, o debería suponer, una discusión amplia, con participación real de la oposición, de los colegios de abogados, de las asociaciones de magistrados y de la ciudadanía. No es un buen antecedente que, frente a otras reformas judiciales más acotadas –como la reducción de la feria–, el Colegio de Abogados haya denunciado que no fue consultado y que se enteró de los proyectos prácticamente por los diarios. Repetir esa lógica en una reforma constitucional sería un error político grave.
En el plano político partidario, la oposición ya marcó su incomodidad. Dirigentes del justicialismo provincial reconocen la necesidad de actualizar la Carta Magna, pero cuestionan que se avance solo sobre “tres o cuatro puntos” y se evite una discusión más integral. En el fondo, lo que se juega no es solo la terna vinculante, sino la pregunta sobre qué modelo de provincia se quiere dibujar para las próximas décadas: uno con instituciones más fuertes que cualquier gobernador de turno, o uno donde los cambios parecieran hechos a la medida de un clima político puntual.
San Luis tiene, efectivamente, una oportunidad. Puede ir hacia un sistema de selección de magistrados más transparente, más abierto al control ciudadano y más blindado frente al péndulo de la política. Pero para que la terna vinculante no sea apenas un gesto en los papeles, hace falta completar el dibujo: clarificar qué significa apartarse por “motivos fundados”, revisar la integración y los procedimientos del Consejo de la Magistratura, e incorporar un mecanismo de control legislativo que sume legitimidad democrática al mérito técnico.
San Luis tiene, efectivamente, una oportunidad. Puede ir hacia un sistema de selección de magistrados más transparente, más abierto al control ciudadano y más blindado frente al péndulo de la política. Pero para que la terna vinculante no sea apenas un gesto en los papeles, hace falta completar el dibujo: clarificar qué significa apartarse por “motivos fundados”, revisar la integración y los procedimientos del Consejo de la Magistratura, e incorporar un mecanismo de control legislativo que sume legitimidad democrática al mérito técnico.
En este contexto, la decisión del gobernador Claudio Poggi de autolimitar la discrecionalidad histórica del Poder Ejecutivo en la designación de jueces, fiscales y defensores merece ser reconocida como un gesto político fuerte y poco frecuente. No es habitual que quien detenta el poder impulse reglas que restringen sus propias facultades, y que lo haga, además, en clave institucional y de largo plazo. Si el proceso constituyente logra canalizar este impulso con participación amplia y reglas claras, la terna vinculante puede convertirse en uno de los legados más trascendentes de esta gestión: un punto de inflexión hacia una Justicia puntana más independiente, más profesional y más confiable para la ciudadanía.