
La Justicia de San Luis ordenó restablecer el vínculo entre un padre y su hijo de un año y medio luego de determinar que no existían elementos que justificaran la interrupción del régimen de comunicación acordado previamente entre los progenitores.
La medida fue dispuesta por el juez de Garantía N°1, Juan Manuel Montiveros, en el marco de una denuncia tramitada bajo la Ley 24.270, que sanciona el impedimento de contacto de los hijos con sus progenitores.
Según explicó la fiscal adjunta de la Fiscalía de Género N°1, Marisol Boschi, el hombre denunció que no veía a su hijo desde noviembre de 2025, pese a que existía un acuerdo firmado ante la Defensoría de Niñez que establecía encuentros los lunes y miércoles, además de fines de semana alternados.
"No había ninguna razón para impedir el contacto", sostuvo la funcionaria judicial.
Durante una audiencia realizada este miércoles, la Fiscalía analizó los motivos por los cuales se había interrumpido el régimen de comunicación.
La madre manifestó que había decidido no permitir el contacto porque consideraba que el padre consumía drogas en el lugar donde reside. Sin embargo, al ser consultada durante la audiencia, reconoció que no existían denuncias ni otros elementos que acreditaran esa situación.
Ante la falta de pruebas que demostraran un riesgo para el niño, el magistrado ordenó que se cumpla el acuerdo previamente celebrado entre las partes y dispuso el restablecimiento del vínculo.
Como medida transitoria, las visitas se desarrollarán durante el primer mes con una carga horaria reducida.
Además, se dio intervención al fuero de Familia para que evalúe la evolución del vínculo y determine cómo deberá continuar el régimen de comunicación una vez transcurrido ese período.
Con esa resolución quedó concluida la intervención de la Fiscalía en el expediente penal.
Qué establece la ley
La Ley 24.270 protege el derecho de los niños, niñas y adolescentes a mantener contacto con ambos progenitores cuando no conviven.
La norma establece que ninguno de los padres puede impedir sin una causa justificada que el otro vea o se comunique con su hijo. Cuando esto ocurre, el progenitor afectado puede realizar una denuncia para que intervenga la Justicia.
Antes de avanzar con una investigación penal, la ley prevé una audiencia en la que un juez analiza si existen razones válidas para restringir el contacto, especialmente cuando se invocan situaciones que podrían afectar la integridad o la seguridad del menor.
Si esos motivos no logran acreditarse, la Justicia puede ordenar el restablecimiento del vínculo, tal como ocurrió en este caso.