El Tribunal de Ética del Colegio de Abogados y Procuradores de Villa Mercedes resolvió suspender por 90 días en el ejercicio profesional a los abogados Carla Mondelli Curchod, Federico Masini y Leonardo E. Céspedes, al considerar que incurrieron en una grave falta ética al retener fondos pertenecientes a una clienta e imputarlos de manera unilateral al cobro de honorarios. SUSPENDEN POR 90 DÍAS A TRES ABOGADOS POR RETENER DINERO DE UNA CLIENTA.
Monday, 13 Jul 2026 18:26 pm

Tribuno Puntano

La resolución, dictada el 18 de junio de 2026, concluyó que los tres profesionales vulneraron principios esenciales del ejercicio de la abogacía, al apropiarse de una suma de dinero correspondiente a la representada sin su consentimiento y sin recurrir a los mecanismos legales previstos para la regulación y percepción de honorarios. El expediente disciplinario se inició a partir de la denuncia presentada por una mujer identificada con las iniciales C.A.M., quien había promovido una demanda contra una empresa de ahorro para fines determinados y una automotriz por un conflicto relacionado con un plan de ahorro automotor.

Durante la relación profesional, las partes habían suscrito un pacto de cuota litis que establecía que los abogados percibirán el 20% del monto efectivamente cobrado al finalizar el litigio.

Sin embargo, según determinó el Tribunal, los letrados retuvieron una suma mayor a la pactada y la imputaron como honorarios sin contar con la autorización expresa de la clienta ni con una regulación judicial que respaldara esa decisión.

En los fundamentos del fallo, el Tribunal fue categórico al señalar que, aun cuando los abogados entendieran que tenían derecho a percibir una retribución superior, no podían reemplazar los procedimientos legales mediante decisiones unilaterales sobre fondos ajenos. La resolución calificó esa conducta como una forma de "justicia por mano propia", al sostener que los profesionales dispusieron de dinero perteneciente a su mandante sin acudir a las vías legales correspondientes.

Además, destacó que la administración de fondos de un cliente exige un elevado estándar de lealtad, transparencia, buena fe y probidad profesional, valores esenciales para preservar la confianza entre abogado y representado.

El Tribunal sostuvo que la percepción y afectación de dinero perteneciente a un cliente constituye "una de las infracciones éticamente más sensibles dentro del ejercicio profesional", ya que compromete la confianza pública depositada en los abogados.

Asimismo, aclaró que la gravedad del caso no estuvo determinada únicamente por el monto económico involucrado, sino por la vulneración de deberes esenciales que rigen la profesión. Tras analizar la prueba incorporada al expediente y los descargos presentados por los tres profesionales, el Tribunal de Ética resolvió declarar acreditada la infracción ética e imponer a Carla Mondelli Curchod, Federico Masini y Leonardo E. Céspedes una suspensión de 90 días para ejercer la profesión en todo el ámbito de la provincia de San Luis.

La medida también dispone la anotación de la sanción en los respectivos legajos profesionales de los abogados.

El fallo fue dictado por el Tribunal de Ética del Colegio de Abogados y Procuradores de Villa Mercedes, integrado por las abogadas Susana Leonor Quiroga, Valeria Lorena Imberti y Laura Silvina Funes.