La norma vs. la práctica
La Ley sancionada en agosto de 2025 incorporó mecanismos que, en teoría, debieron alterar radicalmente la lógica procesal: plazos perentorios para dictar sentencia, limitación estricta de las medidas cautelares a una por instancia con tope de 15 días hábiles, y la amenaza latente de remoción para magistrados que incurran en demoras injustificadas. La reducción de la feria judicial a dos semanas en enero y una a mitad de año completaba el paquete de buenas intenciones.
Sin embargo, la nota de Info San Luis publicada el pasado 9 de marzo trae un balde de agua fría. Allí se documenta que expedientes sensibles por presunta corrupción —como la causa contra ex funcionarios Ferreyra, Freixes, Aguilera, Cejas y Olivares— llevan 143 días de parálisis total. Que los expedientes contra intendentes de San José del Morro y Fortín El Patria acumulan 68 días de inactividad. Que dos causas contra la corrupción en la UAF carecen de fiscal designado desde julio de 2025.
El contraste es revelador: mientras el Poder Legislativo sancionaba normas contra la mora judicial, el Ministerio Público Fiscal —órgano descentralizado por excelencia— mantenía causas sin fiscal asignado. La tortuga judicial, para usar la metáfora periodística, sigue caminando a su ritmo.
Todo esto sin tener en cuenta la pasmosa demora y yerros permanentes de los juicios Civiles, comerciales y laborales. Las escasas resoluciones que se generan en los expediente por lo general generan descontento tanto a actores como demandados.
Este ultimo es un problema que golpea directamente al ciudadano de a pie, el que ve como su derecho al acceso a la justicia no hace más diluir en el tiempo sus pretensiones por la desidia de funcionarios y empleados judiciales.
¿Qué falló?
La respuesta es compleja. La norma adversa a la mora entró en vigor, pero la cultura institucional no se transforma por decreto. La reforma procesal modificó los plazos en los libros, pero no necesariamente la práctica forense. Más grave aún: la ley contra la mora no alcanza a resolver los cuellos de botella estructurales que atraviesan todo el sistema judicial provincial.
Un problema que rara vez se menciona en los discursos institucionales pero que es visible para cualquier abogado que transite por el Palacio de Tribunales es la falta de control del Superior Tribunal sobre su propia planta de empleados y funcionarios. La incapacidad funcional de muchos funcionarios y trabajadores judiciales —producto de licencias médicas extendidas, traslados discrecionales o simple desidia— es un factor determinante en la lentitud procesal. La imagen de empleados y funcionarios judiciales en horarios de oficina transitando las calles cercanas al Palacio de Tribunales, lejos de sus puestos de trabajo, se ha convertido en un paisaje cotidiano que denuncia la ausencia de mecanismos efectivos de control de asistencia y productividad. El problema no es solo la falta de personal, sino la ausencia de supervisión sobre el personal existente.
A esto se suma la ineficiencia del sistema de Oficinas de Gestión Únicas (OGU) implementado para centralizar la tramitación procesal. La centralización administrativa, lejos de agilizar los trámites, ha generado nuevos cuellos de botella. Los expedientes físicos y electrónicos quedan atrapados en pasos burocráticos que debieron ser eliminados: la separación entre la etapa de control de admisibilidad y la asignación de despacho, la concentración de tareas en funcionarios y empleados que operan sin capacidad de respuesta adecuada, y la imposibilidad de acceder directamente a quienes tienen el expediente en su poder, transforman a las OGU en murallas en lugar de facilitadores. La promesa de eficiencia del sistema se ha convertido en rutina de espera, en un fracaso absoluto.-
El proyecto de notificaciones digitales enviado en noviembre por el Ejecutivo apunta a uno de esos cuellos de botella: el tiempo promedio de cinco días hábiles para notificaciones electrónicas es, francamente, ridículo en una provincia del siglo XXI. Pero la solución técnica —un sistema digital unificado— requiere inversión, capacitación y, sobre todo, voluntad política de todos los actores del proceso.
La tensión institucional
La nota de Info San Luis ubica el problema en una dimensión más preocupante: la tensión institucional. Cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación debe ordenar al Superior Tribunal de San Luis que se pronuncie en 24 horas sobre un conflicto electoral, y cuando causas de corrupción quedan en suspenso por falta de fiscal designado durante meses, no estamos ante meros problemas de eficiencia administrativa. Estamos ante una crisis de legitimidad.
El nuevo procurador general y la nueva presidencia del Superior Tribunal tienen ahora la oportunidad —y la responsabilidad— de demostrar que la norma contra la mora judicial no fue una simple respuesta coyuntural a la presión política, sino el inicio de una transformación real.
Conclusión
Las leyes contra la mora judicial son necesarias pero insuficientes. Sin compromiso ético de jueces y fiscales, sin control efectivo sobre el personal judicial, sin revisión del sistema de OGU que actualmente funciona como obstáculo en lugar de herramienta, y sin mecanismos de evaluación de desempeño aplicados con rigor, los plazos perentorios quedan en letra muerta.
San Luis tiene ahora el espejo frente a sí: puede mirarse y verificar si la tortuga finalmente aceleró el paso, o si sigue avanzando al compás de los intereses que funcionan mejor en la oscuridad de los expedientes dormidos





